Guía de renovación para la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)

Según el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) de EE. UU., los receptores de la Acción Diferida cuya condición esté por expirar pueden presentar la solicitud para la renovación de la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA). Los receptores de la DACA que deseen renovar la Acción Diferida por otros dos años, deben enviar el Formulario I-821D: Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA).

Debe presentarse el Formulario I-821D junto con el Formulario I-765: Solicitud de Autorización de Empleo y el Formulario I-765WS: Planilla del Formulario I-765. El solicitante debe completar en su totalidad y firmar estos formularios. Deben presentarse junto con la tarifa de presentación de USD 465 en el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). Los solicitantes deben presentar los formularios en papel, ya que las solicitudes DACA no pueden presentarse en línea.

El USCIS les recomienda a los receptores de la DACA que presenten sus solicitudes para renovar la DACA aproximadamente 120 días antes del vencimiento del período actual de la Acción Diferida. Esto se debe a que pueden acumular presencia ilegal si el período anterior de la Acción Diferida expira y no reciben una renovación de la Acción Diferida antes de esto. En ese caso, no estarán autorizados a trabajar en EE. UU. hasta que reciban una renovación de la DACA. Por eso es aconsejable solicitar la renovación con mucha anticipación.

Al momento de solicitar la renovación, los receptores de la DACA deben demostrar que tenían menos de 31 años en junio de 2012 y que vinieron a EE. UU. antes de cumplir 16 años. No deben haber viajado al exterior después del 15 de agosto de 2012. Si viajaron, deben haberlo hecho con un documento de Permiso Condicional Anticipado.

Los solicitantes deben demostrar, mediante la presentación de evidencia documental, que estaban presentes en EE. UU. el 15 de junio de 2012 y en la fecha en la que presentaron su solicitud DACA. Deben haber ingresado en EE. UU. sin inspección antes del 15 de junio de 2012, o deben haber ingresado legalmente en EE. UU. con visa de no inmigrante y su condición legal debe haber expirado al 15 de junio de 2012. Deben haber residido aquí de manera continua desde el 15 de junio de 2007.

Los receptores de la Acción Diferida que soliciten la renovación deben haberse graduado de la secundaria o deben tener un diploma de equivalencia general. De lo contrario, deben ser veteranos que han obtenido la baja con honores de las Fuerzas Armadas o la Guardia Costera de EE. UU. Los receptores de la DACA pueden solicitar la renovación si están actualmente inscritos en instituciones educativas o en otros programas de formación profesional o de alfabetización.

Sobre todo, los solicitantes no deben haber sido condenados por delitos graves o menores y no deben representar una amenaza para la seguridad nacional. El USCIS considerará las solicitudes de Acción Diferida según cada caso y revisará cada solicitud por separado para decidir si otorgará o no la Acción Diferida.

El USCIS puede no conceder la Acción Diferida a ciertos solicitantes aun cuando estos cumplan con los requisitos esenciales para esta condición. Si la agencia determina que la Acción Diferida no está garantizada en sus casos, se notificará por escrito a los solicitantes acerca de la decisión. Los solicitantes de la DACA no pueden presentar una moción para volver a abrir o reconsiderar su caso y no tienen derecho a apelar si el USCIS deniega sus solicitudes. El USCIS puede emitir una Solicitud de Evidencia y exigir que los solicitantes presenten documentos de apoyo adicionales si los documentos que enviaron cuando presentaron la solicitud son insuficientes. En tales casos, el solicitante debe proporcionar los documentos solicitados y demostrar su elegibilidad para obtener esta condición.